DIAN explicó los casos y casos que se necesitarán para actualizar el RUT | Finanzas | Economía
El Registro Único Tributario (RUT) es un documento que permite ubicar, identificar y clasificar a las personas o entidades según la actividad económico o comercial, así como el patrimonio que posee para determinar si están sujetos a declarar renta o no.
(Vea: Plazos para declarar y pagar impuestos renta, IVA y otros nacionales).
La Dian es la que asigna el Número de Identificación Tributaria o NIT que permite reconocer de forma individual a personas y empresas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias y el control de la actividad economica.
(Vea: 7 factores para elegir un probador de documentos electrónicos).
¿Quiénes deben actualizar el RUT?
Uno de los puntos que genera más confusión sobre este documento es si debe ser actualizado cada año o no.
Sí que nadie es necesario actualizar en todos los casos, existen todas las condiciones en que si se debe hacer.
Los contribuyentes que sí están obligados a actualizar la información son aquellos que cambian su correo electrónico, ciudad o dirección de notificación o cambian de actividad. En estos casos, la fecha por aquella se modifica en la que se realiza el trámite.
Tenga en cuenta que este proceso no tiene ningún costo.
De acuerdo con el documento publicado por la Dianapodran utilizar estos servicios las personas naturales con Firma Electronicaingresando a Numéro Propio, y las siguientes personas naturales que sean ‘Representantes‘, ingresando un número de los terceros a los cuales representan:
– Administrador de la Magistratura.
-Administrador privado.
-Agente exclusivo de negociación en Colombia.
-Agente oficial.
-Albacea.
-Especial apoderado.
-Apoderado general.
– Curador.
-Oficial delegado para cumplir deberes formales.
-Heredero con administración bueno.
-Liquidador.
-Padre.
-Representante principal legal.
-Representante legal sustituto.
– Síndico.
-Tutor.
-Liquidador.
– Agente interviniente.
Teniendo esto en cuenta y si usted hace parte de los perfiles que deben realizar este tratar en este añoRecuerde que puede hacerlo de dos formas:
(Vea: Recaudo de impuestos entre enero y noviembre supera los $213 billones).
Lo primero es ingresar a la pagina oficial dian. Necesita tener a la mano una foto por ambas caras de su calendario. Luego debe:
1. ingrediente uno www.dian.gov.co y seleccione la opción de ‘Asignación de citas‘.
2. Solicita tu ciudad virtual escogiendo Inscripción de Actualización RODERA Persona natural o jurídica.
3. Tenga presenta el Punto de contacto que seleccione y el número de proceso que le arrojará la página. Ha sabido que el correo electrónico llegará a un mensaje confirmando la cita.
4. Ingrediente Enlace qu’encontrará en el correo’Recordatorio de cita‘ y descargar el Formulario 001.
5. Enviar los documentos que solicita el asesor al email asignado antes de las 9:00 am o 12:00 pm. depende del caso
6. El asesor le proporcionaron el documento final para que lo imprimafirme y escalado. Esta será la versión original de RODERA solicitado.
Las personas jurídicas son las únicas que deben acercarse a las oficinas de la dian para hacer el trámite del RODERA en caso de no haber podido sacar el documento por internet.
La entidad habilitó en su página web la opción de caminar una ciudad at the cual debe asistir con una fotocopia del documento SU de identidad ampliada al 150% y el documento original.
Luego de ello, un funcionario de la Dian la realización de una serie de preguntas y la validación de sus datos para después entregarle el RUT.
Las personas jurídicas deben llevar su certificado de personería jurídica sin alcalde a los 30 días.
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