2023: ¿Cuales serán los días festivos en Colombia para el próximo año? | Finanzas | Economía
Colombia es uno de los países del mundo con más días de celebraciones durante este año, en los cuales los ciudadanos pueden descansar de sus trabajos, compartir tiempo con sus familias y viajar.
(Vea: Ganador de millonario chance acertó en dos sorteos con el mismo número).
El país tuvo, durante 2022, 18 días festivos, sin embargo, para 2023 esta cifra aumenta a 20 días, con la particularidad de que algunos meses tendrán 2 días festivos en cada uno.
Ese incremento se dar debido a la Ley 51 de 1983, tambin conocido como la ‘Ley Emiliani’, el culo dirigido por Raimundo Emiliani Román, político colombiano fallecido. En este caso se estipula que la mayoría de los días festivos nacionales tienen un día lunes próximo.
(Vea: Ya está a la venta la camiseta de Argentina con las tres estrellas).
A continuación los contamos cómo quedarán el calendario de vacaciones para 2023.
Empezando el año se tendrá el primer día festivo del 2023 y será el domingo 1 de enero. Seguido a este está el lunes 9 de enero, cuando celebrará el día de los Reyes Magos.
En marzo, él lunes 20 es el día de San José, mientras que el jueves 7 y viernes 7 de abril son los días santos de la Semana Santa, la cual terminará con el el el 9 de abril, o domingo de Resurrección.
En mayo, hay dos lunes festivos: el 1 de mayo, que es el Día del Trabajoy el 22 de mayo, Día de la Ascensión.
En el sexto mes del año, en junio, los festivos serán: 12 lunas (Corpus Christi) y 19 lunas (Día del Sagrado Corazón), mientras que en julio los festivos serán el 3 lunas (Día de San Pedro y San Pablo) y el jueves 20 (Día de la Independencia).
En agosto, los lunes 7 (Batalla de Boyacá) y 21 (Asunción de la Virgen) son los feriados.
(Vea: Horas, artistas y todo lo que debe saber del Festival cordillera).
En octubre, el lunes 16 (Día de la Raza) será el festivo y en noviembre lo serán los lunes 6 (Día de Todos los Santos) y el lunes 13 (Independencia de Cartagena).
El 2023 finalizará con los siguientes festivos: viernes 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción) y 25 lunas (Día de Navidad).
¿Cómo pagarán estos días si debe trabajar?
En Colombia, quienes laboren un día festivo pueden optar por una remuneración con una recarga del 75% sobrio al salario ordinario, en proporción a las horas trabajadas, de acuerdo con la jornada laboral. Así lo define el Código Sustantivo del Trabajo en el artículo 179.
Este derecho aplica tanto para el sector público como privado, y quienes lo hagan tienen derecho a un descanso remunerado (compensatorio) ou pueden acceder al pago de recarga por horas, según lo decida el trabajador, en casos de días de fiestas civiles o religiosas.
(Vea: Suena Vol. 1: artistas y precios de este evento de reguetón en Bogotá).
BILLETERA
Contenido del Artículo