El Supremo considera «desleal» el recurso fiscal contra el coche de Llarena sobre Puigdemont
En el Tribunal Supremo no ha gustado el recurso de los tax del ‘trial’ contra el auto del juez pablo llarena en relación con el pueblo, el expresidente de la Generalitat Carlos Puigdemont y los ‘exconsellers’ Lluis Puig, Toni Comin y Clara Ponsati. Lo considerando un «desaltado» por varias razones, entre ellas, porque vuelve a introducir la rebelión for the acusó el ministerio público en el juicio de los que no huyeron, weights a que acabaron siendo condenados por sedición en concurso medial con malversación de caudales públicos a penas de hasta 13 años de prisión y otros tantos de inhabilitación, en el caso del President del ERC, Oriol Junqueras.
Fuentes del alto tribunal señalan a EL PERIÓDICO DE CATALUNYA que el recurso suscrito por los cuatro taxs del procés, Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena y Jaime Moreno, con el beneficio del fiscal general del estado, Álvaro Garcíani siquiera gusta a todos ellos, porque insiste en rebelión y violencia, que, de haber existido, habría obligado al tribunal a condenar por ese delito, en vez de por el de sedición por el que finmente se decantó.
Señalan que sus referencias a este extremo implican una crítica a la propia sentencia que, paradójicamente, prácticamente es su único argumento contra la decisión de Llarena conocer que la renuncia a la sedición en solitario permite perseguir a los huidos por desobediencia. Añade que en este tipo de recursos no puedes centrarte en la sentencia de octubre de 2019 con la que condenó a los líderes del ‘procés’, porque los huidos aun no han sido juzgados y los elementos que debes utilizar en su contra solo son los que constante en el auto de procesamiento.
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Desórdenes para todos menos Rovira
El recurso fiscal, de 10 páginas, discrepa de Llarena en que la derogación de la sedición no supone la casi expenalización de la conducta atribuida a los huidos, sino que tras la reforma debe requerir que cometieron un delito de desorden público agravado: todos, menos la secretaría general de ERC, marta rovira, para la que sí cree adecuado el criterio del instructor.
Eso en la práctica supone que Rovira no será reclamada, ya que en su caso, al estar solo procesada por sedición y no por malversación, su imputación será reducido a un delito no penado con prisiónequivalente a los ‘exconsellers’ que fueron condenados solo a inhabilitación o al de las huidas que se han puesto a disposición de la justicia española: Meritxell Serret y Anne-Gabriel.
Desde el alto tribunal se entiende la diferencia de trato establecida por el ministerio público respecto al resto de huidos Un favoritismo hacia el socio del Gobierno de Pedro Sánchez como se acordó la derogación de la sedición y la reforma del desfalco. No se dan más explicaciones sobre su caso; solo se le dedica la última frase del escrito.
La taxía pide a Llarena que modific su auto para reclamar a los «procesados rebeldes» por desórdenes públicos, además de por malversación del tipo grave, que ya les atribuía el instructor, «a excepción de Luis Puigal que se le imputan exclusivamente hechos constitutivos de desobediencia y de malversación, y de Marta Rovira cuya imputación exclusiva por desobediencia compartimos», afirma el recurso.
Sin trato especial a ERC
La Abogacía del Estado, en representación del Ejecutivo, en cambio, no pone ninguna salvación para Rovira. Coincidir con el fiscal en que los procesados por sedición, tras la reforma del Código Penal, deben serlo por desórdenes públicos agravados, pero no separan el resto de prófugos justicia al jefe de ERC.
Los Servicios Jurídicos del Estado argumentan que el auto impugnado”limita indebidamente el derecho de las acusaciones a formular su calificación con arreglo a los delitos que estima acomodados a los hechos que se vayan a juiciar», y se remiten a la propia argumentación del juez para añadir que «el auto de procesamiento por objecto concretar los tiene hechos inicialmente atribuibles al acusado, evaluando su naturaleza delictiva decidir el procedimiento aplicable y su continuación, pero no concierne a esta resolución realizar un inmutable juicio de subsunción típica».
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«La calificación de los hechos atribuidos al procesado deberá efectuarse por las acusaciones y por la defensa en sus escritos de calificación provisional, e incluso al emitir sus conclusiones definitivas siempre que espete la esencia de los hechos por los que se hubiera decretado, en su caso, la apertura del juicio oral», afirma Llarena, lo que significa que mientras se respeten los hechos, las evidencias pueden acusar por el delito que pretenda más práctico, como el público agravado desórdenes, aunque el magistrado no lo evidenció a en su resolución.
el juez Llarena el que pronuncie a través de una resolución será sobrio ambos recursos presentados contra el auto que dictó el pasado 12 de enero en relación con los huidos tras la entrada en vigor de la reforma del Código Penal.