El CGPJ entró en el debate de ‘sí es sí’ al solicitar las rebajas realizadas a todos los tribunales
Contenido del Artículo
El encargado de analizar el resultado será el Observatorio contra la Violencia de Género
Tras meses de polémica por los «efectos no deseados» de la ley denominada del «sólo sí es sí», el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado este jueves entrar en el asunto y se irigirá los Tribunales Superiores de Justicia y el Audiencias Provinciales para que le remitan las resoluciones dictadas en aplicación de la norma, lo que permitirá conocer tanto las rebajas como las decisiones de mantenimiento de pena a los agresores sexuales. La propuesta ha partido de la presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, Ángeles Carmona, y tiene como objectivo hacer un Análisis detallado de las incidencias surgidas en la aplicación de la ley y poder ofrecer datos contrastados de manera transparente.
La propuesta ha sido adoptada por el Pleno del órgano y ha partido de la presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, Ángeles Carmona, y tiene como objectivo hacer un Análisis detallado de las incidencias surgidas en la aplicación de la ley y poder ofrecer datos contrastados de manera transparente.
Con este objeto, el Pleno tiene un acuerdo con la Comisión Permanente acreditada por el Observatorio de los medios materiales y personales necesarios para la realización de la obra.
Al menos 463 rebajas
Hasta el momento, y según una compilación no oficial basada en los órganos que facilitan estos datos a los medios de comunicación, el número de condenados por delitos sexuales que se ha visto beneficiado por el nuevo marco de penas que recoge la ley impulsada por Igualdad aumenta al menos a 463, entre revisiones de condena a la baja y sentencias posteriores en aplicación de la norma, informado prensa europea. Desde el 7 de octubre, cuando entró en vigor la reforma del Código Penal, ordenó la excarcelación de 37 personas.
En todas las resoluciones de rebaja acordadas acordadas acordadas hasta ahora, los magistrados explican que estas revisiones se hacen porque el propio Código Penal, en su artículo 2.2, establece que siempre deberá aplicar la ley «más favorable» al reo.
La ausencia de números oficiales dificultaba hasta el momento lograr una visión global del impacto de la garantía integral de la libertad sexual puesto que muchos tribunales superiores y audiencias provinciales no facilitan datos concretos a la prensa, ya que no tienen obligación de hacerlo. Entre ellos se encuentran órganos con gran volumen de asuntos, como son los de las cuatro provincias catalanas o la Audiencia Provincial de Sevilla.
Propia montero título de «inaudito» el pasado domingo que aún no existen datos oficiales de las sentencias se han revisado y no se han podido “y han firmado son firmas o no”.